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RECETAS MÉDICAS

Se comunica que, de acuerdo a disposiciones del Ministerio de Salud de la Nación, a partir del 1N° de Marzo de 2023, quedarán sin efecto la posibilidad de presentar una foto de la receta médica en las farmacias para la adquisición de medicamentos, continuando vigentes las recetas electrónicas o digitales en los términos establecidos por la Ley 27.553, y las recetas prescriptas de puño y letra por el médico tratante.


CORONAVIRUS – COVID-19

Como es de conocimiento público la situación planteada con el CORONAVIRUS COVID-19, que fuera declarado por la Organizaciòn Mundial de la Salud como Pandemia, el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto 297/2020 y DECNU 2020-297-APN, estableció el “Aislamiento Social Obligatorio”. . . . Teniendo en cuenta lo expuesto, esta Obra Social se encuentra adoptando las medidas tendientes a garantizar las prestaciones mèdico asistenciales a  nuestros beneficiarios.

En tal sentido se detallan las Clínicas y Sanatorios del Area Metropolitana que brindaran atención en Guardia Mèdica y la cobertura de Urgencias y Emergencias, como asì también los teléfonos donde podrán recurrir los beneficarios para evacuar todo tipo de consultas.

Autoevaluación de síntomas de CORONAVIRUS COVID-19

INFORMACIÓN IMPORTANTE:
"Siguiendo las pautas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, les acercamos los links en donde el beneficiario pueden efectuar una autoevaluación de los síntomas del coronavirus COVID-19"

www.buenosaires.gob.ar/coronavirus

AFILIADOS ADHERENTES

Estimado Afiliado. De acuerdo al Decreto 743/2022 y a la Resolución 2577/2022 del Ministerio de Salud de la Nación, incrementaremos el valor de nuestros planes asistenciales en forma mensual. En consecuencia, el incremento a aplicar para el mes de Abril de 2023 asciende a un 2,36% (dos coma treinta y seis por ciento), respecto al valor del Plan de Servicio Vigente al 31 de Marzo de 2023.

Los nuevos valores  para las cuotas de Abril 2023 son los siguientes:

BENEFICIARIOS. CANTIDAD Resolución 2577/2022MS y Dec 743/22
VALORES A PARTIR DEL 01/03/2023
Resolución 2577/2022MS y Dec 743/22
VALORES A PARTIR DEL 01/04/2023
Titular o 1 beneficiario $ 4.679 $ 4.789
Matrimonio o 2 beneficiarios $ 8.136 $ 8.328
Matrimonio + 1 hijo o 3 beneficiarios $ 10.865 $ 11.121
Matrimonio + 2 hijos o 4 beneficiarios $ 12.949 $ 13.255
Matrimonio + 3 hijos o 5 beneficiarios $ 16.085 $ 16.464
Matrimonio + 4 hijos o 6 beneficiarios $ 18.994 $ 19.442
ENVIAR TRANSFERENCIA BANCARIA A NUESTRA CUENTA DEL BANCO DE LA NACION ARGENTINA:

OBRA SOCIAL SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS
CUIT 30-69156146-8
Cta. Cte. 53330/66 – Suc. 085 Plaza de Mayo
CBU N°01105995-20000053330666

Enviar comprobante de pago de transferencia por e mail al siguiente contacto: Dpto. Fiscalización: fiscalizacion.osssb@gmail.com / fiscalizacion25@osssb.com.ar
Policlinico Bancario
     
 
25 de Mayo 182 - info@osssb.com.ar - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

Servicios Sociales Bancarios - Salud para los trabajadores del Sistema Financiero - RNOS O.S.S.S.B.: 1-2630-4

Diseño: administromiweb.com

 

 

Manual de Instructivos de Discapacidad